Mi opinión sobre el derecho a la información
En diciembre de 1999 ocurrió la peor tragedia natural que haya afectado a nuestro país en el siglo XX. Decenas de miles de personas fallecieron tapiadas en el estado Vargas y otros lugares del país como consecuencia de las prolongadas lluvias y las crecidas de ríos y quebradas, que borraron del mapa a urbanizaciones enteras.
La Tragedia de Vargas está siendo utilizada como uno de los argumentos para reformar el artículo 337, sobre los estados de excepción, y eliminar del mismo el derecho a la información. Hay un par de casos que podemos estudiar durante esa triste tragedia:
Usted decidirá qué es mejor para la sociedad durante un estado de excepción: tener libertad de información (a pesar de gente que intenta aprovecharse de eso, como en el caso 1), o no tenerla (y que cosas como el caso 2 ocurran con total impunidad y desconocimiento).
En fin, no quiero alargar demasiado este artículo. Sólo quiero decir que, como persona que ha trabajado en medios del Estado, sé que -bajo una situación de estado de excepción- si llegara una periodista revolucionaria con pruebas convincentes y veraces de que efectivos de algún cuerpo de seguridad violaron derechos humanos de personas inocentes, los medios del Estado no publicarían esa información (a menos que haya un cambio profundo en su forma de ver su papel dentro de este proceso). No voy a profundizar en eso; simplemente lo sé. Obviamente los medios privados y alternativos tampoco lo publicarían por estar suspendido el derecho a la información, por lo que esta noticia tan sensible quedaría fuera del conocimiento de la opinión pública... algo vital para que la Fiscalía y los organismos competentes se sientan presionados a hacer algo al respecto. Y muy probablemente tampoco sería conocida por el propio Presidente Chávez, de quien no dudo ni por un momento en que haría algo al respecto, tal y como lo hizo en 1999 a pesar de los lazos de amistad que tenía con el entonces director de la Disip.
Por ello, estoy de acuerdo con 67 de los 69 artículos de la reforma,y votaré por ella, pero realmente me opongo a los cambios en el artículo 337. Créanme, si pudiera votarlo aparte, lo votaría con un rotundo NO.
La Tragedia de Vargas está siendo utilizada como uno de los argumentos para reformar el artículo 337, sobre los estados de excepción, y eliminar del mismo el derecho a la información. Hay un par de casos que podemos estudiar durante esa triste tragedia:
- Caso 1: Uno de los argumentos que me llaman la atención sobre quienes defienden la eliminación del derecho a la información en el artículo 337 del Proyecto de Reforma Constitucional, es que afirman que "quieren evitar" que sucedan cosas como aquella persona que llamó a una emisora de radio durante la tragedia de Vargas. Fingía que estaba atrapada debajo de una casa, engañando a periodistas, cuerpos de rescate, voluntarios y a miles de personas que seguían el caso hora a hora por los medios. Quienes propusieron el nuevo 337 intentan justificar, usando ese ejemplo, que ante una nueva tragedia como la de Vargas -que Dios nos proteja- se declare un estado de excepción en el cual se elimine el derecho a la información, para evitar que la gente reciba noticias "angustiantes" como esta.
- Caso 2: Durante esos hechos, se produjo una situación de caos debido a que criminales de la zona, aprovechando la ausencia de autoridad, comenzaron a saquear casas, violar mujeres y matar inocentes. Lo que justificó el envío inmediato de cuerpos represivos a la zona, en particular las Fuerzas Armadas y la Disip.
En medio de este caos, una joven periodista del diario El Nacional tuvo acceso a testimonios que indicaban que efectivos de la Disip habían detenido, asesinado y desaparecido por lo menos a tres personas en Caraballeda y en el barrio Valle del Pino. La periodista publicó el reportaje "Una noche en estado de sitio" en El Nacional el 28 de diciembre de ese año. Esto desató un fuerte escándalo mediático, con enfrentamientos verbales entre el entonces canciller José Vicente Rangel y el director de la Disip de aquel entonces, Jesús Urdaneta Hernández (antiguo compañero de Hugo Chávez durante la insurrección militar de 1992). Tuvo que intervenir el Presidente Chávez para resolver el problema, destituyendo a Urdaneta Hernández, visitando él mismo a los familiares afectados y presionando para que se hiciera un juicio (y, de todas formas, nadie resultó culpable).
La periodista en cuestión fue Vanessa Davies, y nada de esto hubiera ocurrido si no se hubiera publicado su artículo en El Nacional. Puede verse más información sobre el tema en un artículo que escribí para la página web de RNV en 2004.
Usted decidirá qué es mejor para la sociedad durante un estado de excepción: tener libertad de información (a pesar de gente que intenta aprovecharse de eso, como en el caso 1), o no tenerla (y que cosas como el caso 2 ocurran con total impunidad y desconocimiento).
En fin, no quiero alargar demasiado este artículo. Sólo quiero decir que, como persona que ha trabajado en medios del Estado, sé que -bajo una situación de estado de excepción- si llegara una periodista revolucionaria con pruebas convincentes y veraces de que efectivos de algún cuerpo de seguridad violaron derechos humanos de personas inocentes, los medios del Estado no publicarían esa información (a menos que haya un cambio profundo en su forma de ver su papel dentro de este proceso). No voy a profundizar en eso; simplemente lo sé. Obviamente los medios privados y alternativos tampoco lo publicarían por estar suspendido el derecho a la información, por lo que esta noticia tan sensible quedaría fuera del conocimiento de la opinión pública... algo vital para que la Fiscalía y los organismos competentes se sientan presionados a hacer algo al respecto. Y muy probablemente tampoco sería conocida por el propio Presidente Chávez, de quien no dudo ni por un momento en que haría algo al respecto, tal y como lo hizo en 1999 a pesar de los lazos de amistad que tenía con el entonces director de la Disip.
Por ello, estoy de acuerdo con 67 de los 69 artículos de la reforma,y votaré por ella, pero realmente me opongo a los cambios en el artículo 337. Créanme, si pudiera votarlo aparte, lo votaría con un rotundo NO.
quieres decir que a pesar de estar en desacuerdo con algunos puntos, igual vas a votar SI ????
ResponderBorrares como si te dieran de comer, pero a cambio de que peles el culo...
...si tienes tanta hambre alla tu
Extrañamente amigo Lubrio muy de acuerdo con usted y muy inteligente la formna en que usa los ejemplos para ser entendidos por todos,si se pudiera votar por articulo tambien votaria por el NO como usted!
ResponderBorrarBumersindo:
ResponderBorrar¿No sabes contar, pana? De 69 artículos, estoy de acuerdo con 67, y no es que simplemente "estoy de acuerdo"; es que muchos de esos 67 me parecen extraordinarios y el camino que hay que seguir!!!!
Eres casado? Seguramente no porque eres un mocoso de 16 años, pero si le preguntas a tu papá, él te dirá que él amaba mucho a su esposa, que él sabía que ella tenía 4 ó 5 defectos, pero que aún así se casó con ella por todas las virtudes qe ella tenía.
Igual aquí: Sería absurdo y estúpido que yo votara "NO" a la reforma porque discrepe con dos artículos. Pero aún así, quiero que quede constancia de mi discrepancia.
(sin acentos ni enies porque mi teclado no lo permite)
ResponderBorrarHola Luigino, creo que lo dices no es cierto, ya que afirmas que "si llegara una periodista revolucionaria con pruebas convincentes y veraces de que efectivos de algún cuerpo de seguridad violaron derechos humanos de personas inocentes, los medios del Estado no publicarían esa información". Sin embargo, yo no creo si el abuso lo comete la policia de Chacao, Baruta, o cualquier ente controlado por alcades o gobernadores de oposicion seguramente si lo publicarian y en primera pagina.
Creo que el punto que querias establecer era, que si un medio del gobierno publica algo que no le es favorable estaria haciendole danio al proceso de cambio y un favor a la oposicion, lo cual seria una falta a las creencias revolucionarias.
Segun entiendo, por lo que dices de como funcionan las cosas en los medios del gobierno, la intencion no es informar si no dar buenas noticias y omitir las malas para mantener al pueblo contento, o me equivoco?
El planteamiento que haces con los ejemplos seleccionados es a todas luces tan convincente para decidirse por un NO a ese artículo 337.
ResponderBorrarYo no estoy de acuerdo en renunciar a mi derecho a la información y mucho menos en un estado de excepción por muy grave que este sea.
Si incluimos otros ejemplos de los amargos días de Abril, de los días del sabotaje petrolero (que ojalá NUNCA más tengamos que sufrir), obviamente me detendría a pensarlo un poco más.
Considero que sobre medios de comunicación hay que tomar más conciencia sobre lo que ha pasado en el mundo (hay muchísimos ejemplos) al punto que han prácticamente definido el destino de pueblos y países, han lavado cerebros de cientos de miles de personas al punto de desaparecer su historia, sus valores, sus tradiciones y en su lugar han introducido antivalores, dogmas absurdos, información subliminal peligrosa, etc., haciéndoles creer a sus víctimas que son ellas mismas artífices de sus opiniones y decisiones.
Por ésto y por otras razones que sería muy largo exponer aquí, sugeriría que se hiciera hincapié, más que en restringir derechos en la Constitución, enfocar el problema hacia el actuar con inmediatez y eficacia interviniendo al medio de comunicación cuando se le encuentre conspirando contra el gobierno elegido por la mayoría del pueblo venezolano.
Coincido con tu conclusión: Votaré SI a la reforma a pesar de mi discrepancia porque lo considero una cuestión de CONCIENCIA ante enorme reto que enfrenta Venezuela.
No me vendo, me procuro el alimento y por más hambre y penurias que pasara, votaría SI a cambio de nada.
¿se pudiera saber cuál es es otro artículo con el que discrepas?
ResponderBorrarUn anónino dijo:
ResponderBorrar"Segun entiendo, por lo que dices de como funcionan las cosas en los medios del gobierno, la intencion no es informar si no dar buenas noticias y omitir las malas para mantener al pueblo contento, o me equivoco?"
Así, es, y bajo las circunstancias actuales es totalmente justificable: los medios privados, en su mayoría opositores, sólo publican malas noticias e información en contra del gobierno, por lo que sería absurdo que los medios del Estado gastaran sus limitados recursos (limitados tanto en personal, en tiempo, en espacio físico, etc.) en repetir las mismas noticias negativas de los medios privados, cuando hay tantas cosas positivas e importantes que los medios privados no reseñan.
El punto es que, durante un estado de excepción, los únicos medios que podrán informar sin restricciones son los medios del Estado, por lo que -en teoría- ellos deberían publicar tanto lo bueno como lo malo. En la práctica eso no ocurrirá, sólo se publicará lo bueno y de forma muy restringida.
Por ello, la periodista revolucionaria que haga una denuncia sobre violación de derechos humanos no tendrá voz en ningún lado durante un estado de excepción, a menos que se ponga a subir videos en Youtube o acuda a medios internacionales.
Jesús:
ResponderBorrarDiscrepo también con el 191. No es que lo odie, ni siquiera vale la pena escribir sobre eso. Simplemente me asombra que algunos diputados estén tan pendientes de su cambur, que hayan escrito un artículo únicamentre para no perder sus trabajos cuando Chávez los ponga a trabajar de ministros.
Rebewill dijo:
ResponderBorrar"...sugeriría que se hiciera hincapié, más que en restringir derechos en la Constitución, enfocar el problema hacia el actuar con inmediatez y eficacia interviniendo al medio de comunicación cuando se le encuentre conspirando contra el gobierno elegido por la mayoría del pueblo venezolano."
Totalmente de acuerdo.
Luigino, te hago la pregunta que le hago a otros chavistas.
ResponderBorrarSi la misma Reforma la propusiera un gobierno de derecha, la aceptarías?
Buena pregunta la de Bruni.
ResponderBorrarHe escuchado varios NO como respuesta. Muchos están concientes de que es una reforma ad-hoc, pero creen que es necesaria. Esperaria que Luigino también respondiera que no.
Respecto al tema. ¿Has presionado para cambiar esto? Por ejemplo, enviar un articulo a aporrea, etc?
Claro, con el tono en que lo dices no conseguiras nada: no estoy de acuerdo con X pero igual votaré que si. "El Siguiente" exclamarían en la cola de quejas sobre la reforma.
La sensación que me muchos que apoyan al gobierno se sienten paralizados de llevar más allá una queja concreta respecto a uno o más artículos.
La alineación revolucionaria reduce la capacidad real de debate. Porque esta es la queja más light que podrías haber hecho.
saludos
Bruni:
ResponderBorrar¿Has examinado los 69 artículos? Si lo hubieras hecho, entenderías que es IMPOSIBLE que la derecha propusiera una reforma como esta, con características tan progresistas y de izquierda: economía socialista, 3 tipos nuevos de propiedad colectiva y social, voto para muchachos de 16 y 17 años, paridad en las elecciones universitarias y una larga lista de etcéteras.
El problema es que, en ese gran grupo de artículos progresistas, se colaron unos cuantos que, a mi juicio, parecieran propuestos por unos derechistas de mierda.
El contexto real del 337 es la guerra de 4ta. generación.
ResponderBorrarEl mundo cambió. Nuestro país es una pequeña burbuja de aire en una gran esfera de un paradigma que se cae a pedazos.
Por otro lado, el contexto legal del 337 es una nueva constitución que delega gran poder al pueblo.
¿Cuál es el riesgo real de que sea utilizado en contra del pueblo alguna vez?
Salud Luigino.
El problema Lubrio, es que esos artículos “coleados” no son tales, los artículos que están alrededor son los coleados a pesar que son muchos más, son el abundante dulce para meter unos pequeños pero amargos frutos, porque esos amargos frutos son la razón de ser de la reforma, la reforma se hizo para meter esos poquitos artículos "especiales". La mayor parte de todas esas disposiciones progresistas se pudieran haber hecho por la vía legislativa, de hecho, la AN tiene siete años de mora con respecto a la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo para el cálculo de las prestaciones sociales, y tengo entendido, que en las disposiciones transitorias de la Reforma, lo del fondo para los trabajadores informales y la reducción de la jornada de trabajo no tendrán vigencia inmediata, sino cuando la AN saque la ley respectiva, es decir, según los antecedentes, cuando a ellos les de la gana .
ResponderBorrarDemás está decir que votaré No a la Reforma, y estoy con Baduel.
Saludos amigo Luigino... Tiempo sin leer sus opiniones en Aporrea, aunque en alguna parte leí algo de que ya no estaba presente en ese espacio... Es una lástima porque sus opiniones brindaban un poco del equilibrio necesario.
ResponderBorrarEn relación a su opinión sobre el artículo 337 entiendo y comparto el miedo que podría implicar un estado de excepción, pero imagino que por eso se llama “Estado de Excepción” y en relación a sus apreciaciones, con todo respeto, permítame darle las mías:
Cuando hace mención en su ejemplo, al caso que conozco sobre el artículo de la periodista Vanessa Davies, es un hecho cierto que el artículo en cuestión fue publicado algún tiempo después de los hechos de la tragedia de Vargas. Lo que quiero explicar es que el artículo 337 reformado, garantiza, aun en los estados de excepción, derechos fundamentales como el derecho a la vida, derecho a la defensa, prohibición de tortura, desapariciones, etc., lo que garantiza que, aunque esté en plena vigencia el hipotético Estado de Excepción, circunstancias como la que se denuncia en el referido artículo de prensa no podrán ser ejecutadas dentro del marco legal. Si bien, el estado podrá restringir la libertad de información durante la vigencia del estado de excepción, esto no implica que las irregularidades que pudieran presentarse tengan “patente de corzo”. Adicionalmente, perfectamente podrán ser denunciados, publicados, estudiados, criticados, etc, etc, al momento de la finalización del estado de excepción con lo que, la reforma del artículo 337 no implica en ningún caso Impunidad.
Con lo explicado en el párrafo anterior queda en evidencia que, si el caso particular de su ejemplo de la tragedia de Vargas, ocurriera en plena vigencia del artículo 337 reformado, no hubiera influido para nada en los hechos descritos, ya que, Vanesa igualmente hubiera podido escribir y denunciar los hechos en la manera como lo hizo.
“Asumo que un estado de excepción no puede mantenerse indefinidamente”, aunque, recuerdo el tiempo en el que por algunos años, estuvieron suspendidas las garantías económicas, durante la llamada Cuarta República.
También entiendo, que durante un “estado de excepción”, deben prevalecer los derechos del colectivo, por lo que no estoy seguro de que el “derecho a la información” sea mas importante que el “derecho a la vida” por ejemplo, y no puedo evitar recordar los tiempos del golpe de estado en el cual los medios de comunicación privados, en cadena nacional de radio, televisión y prensa, hacían llamados a derrocar el gobierno y a marchar a Miraflores, en clara incitación a producir eventos que estuvieron a punto de llevarnos a una guerra civil, en donde, sin duda alguna lo que menos me hubiera importado, al contar la cantidad de muertes que pudieron haberse presentado, sería la libertad de información.
Considero que llegado este punto ( Estado de Excepción ), debiéramos optar por “lo menos malo”, y en las circunstancias actuales, con la mayoría de los medios de comunicación en las manos en las que sabemos se encuentran, considero que lo menos malo es lo que está expresado en el artículo 337 de la reforma.
Saludos y hasta la próxima