Ley de Tecnologías de Información: Aprobado el CONATI (corregido)

El jueves

En la reseña de la mesa de redacción de la Ley de Tecnologías e Información para el día jueves nos faltaron algunas cosas por contar. Aprovechándose de que sólo un miembro de las comunidades de Software Libre estaba presente (los demás estaban en las mesas de redacción de los artículos 35 y 36 en PDVSA), se discutieron más de diez artículos en la mesa de redacción de la Ley de Tecnologías de Información cuando lo normal era discutir 3 ó 4. Cuando ese miembro tuvo que retirarse alrededor de las 11 de la noche por razones de transporte, habían llegado hasta el artículo 48.

Luego de que él se marchara, continuaron la discusión hasta la madrugada y las mesas aprobaron casi sin modificaciones los articulos 49 y 50, relativos al controversial CONATI, un ente con suprapoderes por encima de todos los poderes públicos, pero controlado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología. En el artículo 49 leemos:

Se crea la Comisión Nacional de Tecnologías de Información (CONATI) como Instituto Autónomo de carácter técnico, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente del Fisco Nacional, con autonomía financiera, administrativa, presupuestaria, organizativa, técnica y de gestión de sus recursos. La Comisión Nacional de Tecnologías de Información (CONATI), gozará de los privilegios y prerrogativas de la República y estará adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

¡Qué extraño que las cámaras empresariales, que son pro-oposición y siempre están criticando la supuesta concentración de poderes del chavismo, esta vez no abrieron la boca para criticar al CONATI! ¿Qué intereses habrán allí?

Es lamentable eso. Pecamos organizativamente, dejamos a un compañero sólo, y la gente del software privativo se supo aprovechar bien de eso. Pero también es cierto que en PDVSA nos fue bien.

El viernes

En fin. Este viernes los representantes de SOLVE vieron con sorpresa que la discusión iba a continuar en el artículo 51, relativo a las atribuciones del CONATI. Es un artículo con 37 numerales, donde nuevamente el abogado Araque, de la UCAB, la representante de Cavecom-e y otros asistentes se empeñaron en tratar de eliminar las referencias a la informática libre y a los estándares abiertos del articulado de la ley, particularmente del numeral 26, pero varias personas se opusieron, entre ellas los representantes de SOLVE y Juan Carlos Valdez, el asistente de Luis Tascón.

Total que este viernes prácticamente se terminó el artículo 51, y fue el único artículo discutido. Me comenta Ricardo Fernández que, gracias a su intervención, se logró que el "banco de programas y aplicaciones de informática que pueda ser utilizado por el Poder Público", reseñado en el numeral 24 de dicho artículo, será de caracter público y de libre acceso, lo cual es lógico ya que estas aplicaciones son Software Libre.

Además, también será público el "registro actualizado de los planes, programas y proyectos en materia de tecnologías de información de los órganos y entes del Poder Público" reseñado en el numeral 23 del artículo 51.

También se cambió el numeral 31, relativo a la promoción de proyectos y programas educativos en Tecnologías de Información, añadiéndosele que los mismos debían elaborarse en conjunto con los entes rectores en materia de educación.

El lunes

Y allí continuarán el lunes que viene, a las siete de la noche. A las cuatro de la tarde habrá otra reunión en PDVSA para definir el concepto de "Conocimiento Libre" y dejarlo en claro en ese artículo.

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